El pasado viernes 13 de agosto, la Subsecretaría de Pesca informó "que oficialmente se inicia el proceso de relocalización a contar del 23 de agosto de 2010, debido a la R. Ex. Nº 2474 que modifica la R. Ex. Nº 2353 de 2010, ésta última, que establece metodología para determinación de banco natural de recursos hidrobiológicos para fines que se indica".
Dentro de los aspectos que destacan en la nueva normativa se afirma que podrán relocalizarse concesiones ubicadas en las regiones de Los Lagos y de Aysén, pero manteniéndose dentro de la misma región y agrupación de concesiones. Además, se asevera que "el titular de dos o más concesiones de acuicultura podrá fusionarlas" y que, de igual forma, "se podrá dividir una concesión para fusionar una o más de sus fracciones a otras concesiones de su misma titularidad".
Respecto de los cultivadores de salmón coho y trucha arco iris se informa que tendrán "preferencia en la relocalización la solicitud cuyo objeto sea reemplazar una concesión cuyo titular haya tenido una producción de salmón del pacífico (coho) o trucha arco iris que represente a lo menos el 50% de su producción total, en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud de relocalización".
Adicionalmente, se asevera que "en los casos en que exista sobreposición entre solicitudes de relocalización y exista una zonificación del borde costero aprobada por decreto supremo, se dará preferencia a aquella solicitud que implique la renuncia a una concesión de acuicultura ubicada en un sector definido de uso incompatible con la acuicultura y la relocalización en un sector definido de uso compatible con dicha actividad".
Los interesados en conocer mayor información sobre este documento lo pueden hacer ingresando al sitio http://www.subpesca/. Luego, deben ingresar al banner IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY DE ACUICULTURA 20.434, ubicado en el sector derecho del sitio web institucional y seleccionar el numeral 3.1. Normativa establecida a partir de la Ley 20.434.
Publicado : 18/08/2010 - (Leida : 380 veces). |